91 229 17 02 info@dysasociados.es
SENTENCIA TS SOBRE REGULACIÓN DEL USO DE APARCAMIENTO Y SU REPERCUSIÓN EN LOS ARRENDATARIOS
El Tribunal Supremo dictó el 7 de junio de 2015 una sentencia relativa a la adopción de un acuerdo comunitario que regula el uso de de un aparcamiento común y su repercusión en los arrendatarios de una de las fincas.
La sentencia hace referencia a la celebración de un contrato de arrendamiento sobre una nave industrial que tenía inherente el uso de 12 plazas sobre un aparcamiento comunitario. La comunidad que asumía la gestión de dicho aparcamiento, por razones de seguridad, adopta el acuerdo de restringir su acceso los fines de semana y por las noches.
Ante esta limitación, la arrendataria demanda a la arrendadora la devolución de parte del importe de la renta por entender que ha sido privada del uso de las 12 plazas.
El Tribunal Supremo desestima el recurso en base a los siguientes motivos:
a) Porque no se le ha privado de la posesión, sino que se ha regulado y limitado ésta, de forma que no alcanza entidad suficiente para dar lugar a una rebaja e indemnización de la renta.
b) Porque una Comunidad de propietarios tiene la facultad de organizar el uso de un elemento común de la forma que se decida por acuerdo válido, lo cual afectará a los miembros titulares, es decir, a los propietarios y también, como efecto directo, a quien sea arrendatario del copropietario miembro de la Comunidad; lo contrario podría dar lugar a un verdadero caos: que el acuerdo no afectara al arrendatario o que éste pudiera reclamar rebaja o indemnización, o ambas cosas.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. El titular de la web, responsable del tratamiento de las cookies, y sus datos de contacto son accesibles en el Aviso Legal.
Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información. ACEPTAR

Aviso de cookies