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PACTOS DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS RELATIVOS A LAS COSTAS PROCESALES

Así lo afirma el Tribunal Supremo en doctrina reiterada y en concreto en el auto de 30 de septiembre de 2015 al que puede acceder pinchando aquí.

El Alto Tribunal viene a concluir que las normas procesales reguladoras tienen un carácter imperativo ajenas al acuerdo extrajudicial adoptado por la Comunidad de Propietarios en relación a la asunción de las costas procesales derivadas de un procedimiento judicial únicamente por determinados propietarios.

La parte vencida en el juicio no puede alegar que la comunidad carece de legitimación para reclamarle el pago de las costas a las que fue condenado tomando como base el acuerdo adoptado en junta toda vez que, los honorarios devengados por la intervención de los profesionales en el procedimiento, fue en calidad de abogado y procurador de la comunidad.

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