91 229 17 02 info@dysasociados.es

La Ley de Propiedad Horizontal no regula ni limita el número de veces que puede tratarse un asunto en una junta ni adoptar acuerdos al efecto durante el ejercicio económico.

En consecuencia, no existe inconveniente en volver a tratar nuevamente un asunto en una junta.

Es aconsejable que, en aquellos acuerdos en los que opera el voto diferido de los 30 días regulado en el art. 17.8 de la LPH, se espere a conocer el resultado final de la votación antes de volver a tratarlo en una junta.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. El titular de la web, responsable del tratamiento de las cookies, y sus datos de contacto son accesibles en el Aviso Legal.
Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información. ACEPTAR

Aviso de cookies